EL PLAZO PARA ENVIAR LA DOCUMENTACIÓN FINALIZÓ EL 28 DE DICIEMBRE. QUE PASA SI RECIÉN ME ENTERO Y NO HE PODIDO ENVIAR LO QUE PIDEN PARA COBRAR?
Esa fecha, es el plazo fijado por el Juez para presentar la documentación para los acreedores reconocidos para el pago el primer año. LEER LA SENTENCIA JUDICIAL.
El MIÉRCOLES 2 DE ENERO, se recibió la noticia de parte de dos acreedores que se les pasó la fecha, que llamaron a Air Madrid urgentemente y otro se apersonó en las oficinas: les dijeron lo siguiente:
"Romina Fdez Brelaz
Hola a todos... llamé a AIR Madrid (yo fui una de las despistadas que no entendí que debia de enviar la documentacion antes del 28) me dijeron que lo envíe cuanto antes, que si el juez dictamina otro plazo para los que nos pasamos de plazo, entraré en la devolución...."
En el caso de estar reconocidos como acreedores, aconsejamos primero llamar a Air Madrid para corroborarlo y que no es seguro tampoco que si envían la documentación (con el consiguiente gasto de dinero) puede pasar que no os incluyan de todas formas y perder más dinero con los trámites. Cada uno en ese caso se arriesgará de hacerlo bajo su responsabilidad.
Siendo precavidos, pensamos que también pueden haber dado esa respuesta para evitar la confrontación con los pasajeros.
La Comisión de Vigilancia ha emitido un comunicado recientemente aclarando quienes serán acreedores y los plazos.
El próximo año está previsto que cobren otros acreedores reconocidos este año, pero que no tenían pago el primer año (por ejemplo los que usaron parte del trayecto de su billete). Si hubiera un poco de suerte, y fuera verdad lo dicho por Air Madrid, la opción sería que el Juez que prorrogara la fecha o los incluyera en esos pagos para 2014 y 2015. Pero son SUPOSICIONES NUESTRAS, "LO ÚNICO FIRME Y OFICIAL SON LOS PLAZOS DE LA SENTENCIA JUDICIAL". En cuanto sepamos algo más en concreto, os lo informamos.
AL INGRESAR EN LA PÁGINA DE AIR MADRID EL NÚMERO DE BILLETE CON EL NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD, NO COINCIDE.
Muchas preguntas que estamos recibiendo por mail, son relacionadas a que en el momento de querer averiguar en la página web de Air Madrid con su número de billete / pasaje, no reconoce los datos. Es decir: ponen el número de billete y su DNI / pasaporte o NIE con el que efectuaron la reclamación, y no coinciden o no los reconoce. En esos casos, no queda más remedio que llamar a Air Madrid a ver si se trata de un error, o enviar un e-mail a la COMISION DE VIGILANCIA PARA QUE REVISE SU CASO!
PREGUNTA: Al poner mi número de billete en la pagina de Air Madrid, me dice "Billete no tiene pago en el primer año..."
¿que quiere decir esto? ¿he quedado excluido o tengo que esperar a otro año?...
RESPUESTA: lo que pasa es que te pueden pagar hasta en 3 años, hay casos que pagarán el 90% en 2013 y el resto en 2014 y 2015. Cuando te registras en la página y al pedir cita ya te salen en orden los billetes, por nombre, lo adeudado y el monto a cobrar por año se empieza a cobrar desde 2013, y a veces cobras una parte en 2013 ,luego otra en 2014 y finalmente en 2015, las cifras pueden variar a lo largo de los años puedes cobrar por ejemplo: 600€ en 2013, 40€ en 2014 y 7€. en 2015 no necesariamente ese orden ,puede que se inviertan los montos como le ha pasado a otras personas. (Respuesta copiada del grupo de Afectados Air Madrid)
PREGUNTA: YO EN EL PASAPORTE FIGURO CON APELLIDO DE SOLTERA , EN EL BANCO TAMBIEN PERO SOY CO-TITULAR DE LA CUENTA SUELDO DE MI MARIDO, PERO CUANDO LLENE LOS FORMULARIOS DE AIR MADRID ME PEDIAN 2 APELLIDOS Y PUSE SRA DE..... EL SEGUNDO ES EL DE CASADA AHORA QUE ENVIO ? TAMBIEN EL ACTA DE MATRIMONIO?
RESPUESTA: En cuanto al tema de los apellidos, seguramente ellos te pedían que pongas también el materno, como usan en España, pero no hay problema, lo arreglamos con esto que te voy a decir: yo en el escrito de solicitud al lado de mi nombre puse una llamada (1) asi. Al final de todo cité (1) En la Argentina es optativo el uso del apellido de casada.
O sea, justifiqué porque en algunos casos lo tengo y en otros no! Además, hice certificar en el consulado el acta de matrimonio (son $20 y te quedas tranquila). En cuanto a la cuenta, pueden tranquilamente ser cotitulares, recordá pedir dos notas iguales, o sea: las dos originales. Mucha suerte!
PREGUNTA: ¿Es cierto que hay que JUSTIFICAR Y DOCUMENTAR CUANDO RECIBAS EL DINERO su procedencia , EN EL SECTOR COMERCIO EXTERIOR.?
RESPUESTA: Si, eso seguro, justificar el ingreso es por ley, se llena un formulario, y no hay problemas, con la carta del concurso lo justificamos! También se recomienda imprimir el crédito reconocido de la web y fotocopair la documentación antes de enviarla.
PREGUNTA: ¿COMO ME CONVIENE MANDAR EL SOBRE CON LA DOCUMENTACION PARA LA TRANSFERENCIA Y COMO ME ENTERO SI LLEGÓ O SI TIENEN ALGO QUE RECLAMARME?
RESPUESTA: Se recomienda enviar la documentación en forma segura, por ejemplo certificada, de esta forma por Correo Argentino cuesta $45 (menos de 150gr) y si pedimos la opción "con seguimiento" por la web del correo hay que adicionarle $15. (Ver en Enlaces Externos precios de Correo Argentino)
IMPORTANTE: De todos modos, entrando a la web de Air Madrid de la manera que ingresamos a ver nuestro crédito, en la sección NOTIFICACIONES podremos ver en color rojo si nuestra documentacion ha sido recibida,
-Si todo esta conforme: Documentación recibida.
-Si hubiese algún error en la documentación, le indicaría el error (por ejemplo): - Documentación recibida. Se han encontrado los siguientes errores: *No coincide el Documento de la identificación con el reconocido en la Lista de Acreedores.
(fuente: AIR MADRID en respuesta a mail de consulta enviado por Tracy Smart a [email protected] )
Según la experiencia de algunos compañeros de grupo, también se les puede avisar por mail si hay algún inconveniente con la documentación.
Esa fecha, es el plazo fijado por el Juez para presentar la documentación para los acreedores reconocidos para el pago el primer año. LEER LA SENTENCIA JUDICIAL.
El MIÉRCOLES 2 DE ENERO, se recibió la noticia de parte de dos acreedores que se les pasó la fecha, que llamaron a Air Madrid urgentemente y otro se apersonó en las oficinas: les dijeron lo siguiente:
"Romina Fdez Brelaz
Hola a todos... llamé a AIR Madrid (yo fui una de las despistadas que no entendí que debia de enviar la documentacion antes del 28) me dijeron que lo envíe cuanto antes, que si el juez dictamina otro plazo para los que nos pasamos de plazo, entraré en la devolución...."
En el caso de estar reconocidos como acreedores, aconsejamos primero llamar a Air Madrid para corroborarlo y que no es seguro tampoco que si envían la documentación (con el consiguiente gasto de dinero) puede pasar que no os incluyan de todas formas y perder más dinero con los trámites. Cada uno en ese caso se arriesgará de hacerlo bajo su responsabilidad.
Siendo precavidos, pensamos que también pueden haber dado esa respuesta para evitar la confrontación con los pasajeros.
La Comisión de Vigilancia ha emitido un comunicado recientemente aclarando quienes serán acreedores y los plazos.
El próximo año está previsto que cobren otros acreedores reconocidos este año, pero que no tenían pago el primer año (por ejemplo los que usaron parte del trayecto de su billete). Si hubiera un poco de suerte, y fuera verdad lo dicho por Air Madrid, la opción sería que el Juez que prorrogara la fecha o los incluyera en esos pagos para 2014 y 2015. Pero son SUPOSICIONES NUESTRAS, "LO ÚNICO FIRME Y OFICIAL SON LOS PLAZOS DE LA SENTENCIA JUDICIAL". En cuanto sepamos algo más en concreto, os lo informamos.
AL INGRESAR EN LA PÁGINA DE AIR MADRID EL NÚMERO DE BILLETE CON EL NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD, NO COINCIDE.
Muchas preguntas que estamos recibiendo por mail, son relacionadas a que en el momento de querer averiguar en la página web de Air Madrid con su número de billete / pasaje, no reconoce los datos. Es decir: ponen el número de billete y su DNI / pasaporte o NIE con el que efectuaron la reclamación, y no coinciden o no los reconoce. En esos casos, no queda más remedio que llamar a Air Madrid a ver si se trata de un error, o enviar un e-mail a la COMISION DE VIGILANCIA PARA QUE REVISE SU CASO!
PREGUNTA: Al poner mi número de billete en la pagina de Air Madrid, me dice "Billete no tiene pago en el primer año..."
¿que quiere decir esto? ¿he quedado excluido o tengo que esperar a otro año?...
RESPUESTA: lo que pasa es que te pueden pagar hasta en 3 años, hay casos que pagarán el 90% en 2013 y el resto en 2014 y 2015. Cuando te registras en la página y al pedir cita ya te salen en orden los billetes, por nombre, lo adeudado y el monto a cobrar por año se empieza a cobrar desde 2013, y a veces cobras una parte en 2013 ,luego otra en 2014 y finalmente en 2015, las cifras pueden variar a lo largo de los años puedes cobrar por ejemplo: 600€ en 2013, 40€ en 2014 y 7€. en 2015 no necesariamente ese orden ,puede que se inviertan los montos como le ha pasado a otras personas. (Respuesta copiada del grupo de Afectados Air Madrid)
PREGUNTA: YO EN EL PASAPORTE FIGURO CON APELLIDO DE SOLTERA , EN EL BANCO TAMBIEN PERO SOY CO-TITULAR DE LA CUENTA SUELDO DE MI MARIDO, PERO CUANDO LLENE LOS FORMULARIOS DE AIR MADRID ME PEDIAN 2 APELLIDOS Y PUSE SRA DE..... EL SEGUNDO ES EL DE CASADA AHORA QUE ENVIO ? TAMBIEN EL ACTA DE MATRIMONIO?
RESPUESTA: En cuanto al tema de los apellidos, seguramente ellos te pedían que pongas también el materno, como usan en España, pero no hay problema, lo arreglamos con esto que te voy a decir: yo en el escrito de solicitud al lado de mi nombre puse una llamada (1) asi. Al final de todo cité (1) En la Argentina es optativo el uso del apellido de casada.
O sea, justifiqué porque en algunos casos lo tengo y en otros no! Además, hice certificar en el consulado el acta de matrimonio (son $20 y te quedas tranquila). En cuanto a la cuenta, pueden tranquilamente ser cotitulares, recordá pedir dos notas iguales, o sea: las dos originales. Mucha suerte!
PREGUNTA: ¿Es cierto que hay que JUSTIFICAR Y DOCUMENTAR CUANDO RECIBAS EL DINERO su procedencia , EN EL SECTOR COMERCIO EXTERIOR.?
RESPUESTA: Si, eso seguro, justificar el ingreso es por ley, se llena un formulario, y no hay problemas, con la carta del concurso lo justificamos! También se recomienda imprimir el crédito reconocido de la web y fotocopair la documentación antes de enviarla.
PREGUNTA: ¿COMO ME CONVIENE MANDAR EL SOBRE CON LA DOCUMENTACION PARA LA TRANSFERENCIA Y COMO ME ENTERO SI LLEGÓ O SI TIENEN ALGO QUE RECLAMARME?
RESPUESTA: Se recomienda enviar la documentación en forma segura, por ejemplo certificada, de esta forma por Correo Argentino cuesta $45 (menos de 150gr) y si pedimos la opción "con seguimiento" por la web del correo hay que adicionarle $15. (Ver en Enlaces Externos precios de Correo Argentino)
IMPORTANTE: De todos modos, entrando a la web de Air Madrid de la manera que ingresamos a ver nuestro crédito, en la sección NOTIFICACIONES podremos ver en color rojo si nuestra documentacion ha sido recibida,
-Si todo esta conforme: Documentación recibida.
-Si hubiese algún error en la documentación, le indicaría el error (por ejemplo): - Documentación recibida. Se han encontrado los siguientes errores: *No coincide el Documento de la identificación con el reconocido en la Lista de Acreedores.
(fuente: AIR MADRID en respuesta a mail de consulta enviado por Tracy Smart a [email protected] )
Según la experiencia de algunos compañeros de grupo, también se les puede avisar por mail si hay algún inconveniente con la documentación.