Trámite para cobrar en los bancos de Argentina
Información recopilada el día 10 de enero de 2013 del grupo de facebook y quien con su autorización, copiamos aquí. El concepto del cobro es el mismo para todos los bancos: 576, pero consulten en el área Comercio Exterior de SU BANCO.
Muchísimas gracias Luis y Mónica por este aporte!
Muchísimas gracias Luis y Mónica por este aporte!
Luis Alberto Cristiano
Bueno, paso a contar mi experiencia desde Argentina: Al igual que Mónica Schmid mi banco es Santander Río, la información que voy a suministrar es para dicho banco. En ningún momento, pese a fijarme en reiteradas ocasiones por internet, figuraba mi importe por internet. Incluso llamando al call center me dijeron que no había recibido dinero alguno. Así que siguiendo los consejos de Mónica hoy me fui al banco.
Desde allí me comunicaron directamente con el área de Comercio Exterior del banco (número telefónico 4136-2363), el cual desgraciadamente está muy saturado. Luego de hablar con el tele-operador (Franco) me confirmó que mi importe había sido acreditado ayer, y me asesoró sobre cómo completar el Formulario Único de Compra de Cambio (el que encuentran aquí: http://www.santanderrio.com.ar/comex/forms/6-234.pdf).
Para los que lo tienen que llenar, hay que completar solo la primera y segunda página, en donde dice "Instrucción orden de pago operaciones centralizadas" y "Concepto de operación" y "Mercado único y libre de cambios compra de cambio a clientes". El concepto es siempre 576, o sea "Indemnizaciones cobradas por residentes dispuestas por gobiernos o tribunales extranjeros". En la primer página mayoritariamente van a encontrar los datos suyos, nombre, dirección, Nº de cuenta y especificar el importe. La parte quizás más complicada es la que dice "Mercado único y libre..." en donde tiene que poner nuevamente el concepto de la operación, el código de moneda "098", el pagador que es Air Madrid, con domicilio, el Banco pagador y el código Swift. Recomiendo que completen lo más que puedan por su cuenta, y las dudas que les despierta las disipen con el operador cuando consulten si llegó o no el importe.
Si les confirman, diríjanse directamente al banco en donde un ejecutivo de cuentas les va a tomar el pedido. Recuerden, como dijo Mónica, de llevar información respaldatoria. En mi caso les fotocopié la carta del 2008, la de Administración
Concursal en donde me reconocían como acreedor. De todas formas ellos orientan bastante bien.
Les deseo la mejor de las suerte a los que restan por cobrar y muchísimas gracias a todos los que aportaron. Devolviendo el favor, hago mi aporte.
http://www.santanderrio.com.ar/comex/forms/6-234.pdf
www.santanderrio.com.ar
ACLARACIÓN PARA LOS ACREEDORES QUE NO SON DE BANCO RÍO:
No todos los bancos tienen el formulario para descargar de la web, en ese caso se los facilita el propio banco. Pero sí TODOS deben cumplir las formalidades legales para retirar pagos provenientes del extranjero: llevar información respaldatoria que avale que son acreedores, por ejemplo fotocopia de la carta del 2008 enviada por la Administración Concursal en donde estén reconocidos como acreedor, impresión de pantalla de la web de Air Madrid donde figure el importe, todos los trámites realizados a la fecha, etc.
Bueno, paso a contar mi experiencia desde Argentina: Al igual que Mónica Schmid mi banco es Santander Río, la información que voy a suministrar es para dicho banco. En ningún momento, pese a fijarme en reiteradas ocasiones por internet, figuraba mi importe por internet. Incluso llamando al call center me dijeron que no había recibido dinero alguno. Así que siguiendo los consejos de Mónica hoy me fui al banco.
Desde allí me comunicaron directamente con el área de Comercio Exterior del banco (número telefónico 4136-2363), el cual desgraciadamente está muy saturado. Luego de hablar con el tele-operador (Franco) me confirmó que mi importe había sido acreditado ayer, y me asesoró sobre cómo completar el Formulario Único de Compra de Cambio (el que encuentran aquí: http://www.santanderrio.com.ar/comex/forms/6-234.pdf).
Para los que lo tienen que llenar, hay que completar solo la primera y segunda página, en donde dice "Instrucción orden de pago operaciones centralizadas" y "Concepto de operación" y "Mercado único y libre de cambios compra de cambio a clientes". El concepto es siempre 576, o sea "Indemnizaciones cobradas por residentes dispuestas por gobiernos o tribunales extranjeros". En la primer página mayoritariamente van a encontrar los datos suyos, nombre, dirección, Nº de cuenta y especificar el importe. La parte quizás más complicada es la que dice "Mercado único y libre..." en donde tiene que poner nuevamente el concepto de la operación, el código de moneda "098", el pagador que es Air Madrid, con domicilio, el Banco pagador y el código Swift. Recomiendo que completen lo más que puedan por su cuenta, y las dudas que les despierta las disipen con el operador cuando consulten si llegó o no el importe.
Si les confirman, diríjanse directamente al banco en donde un ejecutivo de cuentas les va a tomar el pedido. Recuerden, como dijo Mónica, de llevar información respaldatoria. En mi caso les fotocopié la carta del 2008, la de Administración
Concursal en donde me reconocían como acreedor. De todas formas ellos orientan bastante bien.
Les deseo la mejor de las suerte a los que restan por cobrar y muchísimas gracias a todos los que aportaron. Devolviendo el favor, hago mi aporte.
http://www.santanderrio.com.ar/comex/forms/6-234.pdf
www.santanderrio.com.ar
ACLARACIÓN PARA LOS ACREEDORES QUE NO SON DE BANCO RÍO:
No todos los bancos tienen el formulario para descargar de la web, en ese caso se los facilita el propio banco. Pero sí TODOS deben cumplir las formalidades legales para retirar pagos provenientes del extranjero: llevar información respaldatoria que avale que son acreedores, por ejemplo fotocopia de la carta del 2008 enviada por la Administración Concursal en donde estén reconocidos como acreedor, impresión de pantalla de la web de Air Madrid donde figure el importe, todos los trámites realizados a la fecha, etc.